Reforma laboral: vacaciones, despidos y otros cambios clave para los trabajadores

La reforma laboral es un proceso que ya no se puede detener. La Ley de Bases actuó como el impulso inicial de transformaciones inevitables que se manifiestan a través de nuevas normativas, reglamentaciones, acuerdos convencionales y, sobre todo, por el avance de las tecnologías emergentes.

En su discurso inaugural ante el Congreso Nacional en marzo, el presidente Javier Milei reafirmó su postura de que el derecho laboral sigue un modelo obsoleto, incapaz de adaptarse a los desafíos de las nuevas formas de organización y al impacto ineludible de la tecnología digital, las aplicaciones, la robótica y la automatización.

Es por eso el bloque de diputados de la Libertad Avanza presentó un proyecto de ley de reforma laboral basado en la motosierra que quiere seguir aplicando el mandatario durante el 2025.

Reforma laboral: qué cambios habrá en las vacaciones de los empleados

Uno de los temas clave que se incluye en la reforma laboral presentada por los diputados libertarios es el de las vacaciones. 

A continuación, detallamos los cambios:

  • El otorgamiento de las vacaciones en cualquier época del año y hasta el 30 de abril del año siguiente al que corresponden.
  • El otorgamiento deberá notificarse con 21 días de anticipación, y podrá otorgarse en forma fragmentada y por períodos no inferiores a 1 semana.
  • El trabajador tendrá derecho a gozar sus vacaciones una vez cada dos periodos en temporada de verano, salvo que el trabajador opte por una época de goce distinta.

Si bien se busca la flexibilización en la modalidad y en las épocas de otorgamiento de las vacaciones, parte de esto ya se viene practicando en muchos lados desde hace años.

Para el caso de matrimonios que desarrollen tareas en un mismo establecimiento, se dispone que el empleador otorgue las vacaciones en el mismo período.

Entre todos los puntos, uno de los ítems clave tiene que ver con el contrato de trabajo

No más indemnizaciones por despido: ahora estará el fondo de cese laboral

Otro cambio fundamental se relaciona con la creación de un fondo de cese laboral que, mediante convenios colectivos de trabajo, reemplace al régimen tradicional de indemnizaciones. De este modo, el trabajador deberá aportar hasta 8% de su sueldo a un fondo que estará disponible en caso de que la relación laboral con la empresa finalice por despido.

Por otra parte, se excluye al Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) del cálculo indemnizatorio, al igual que otros pagos de carácter semestral o anual. Esto provocará que, en algunos casos, el monto en concepto de indemnización sea menor.

Reforma laboral: otras modificaciones clave en la Ley de Contrato de Trabajo

La modificación a la Ley de Contrato de Trabajo que se propone incluye otros puntos destacados. A continuación, te contamos los más relevantes:

-Establecer un plazo de 30 días para que los empleados impugnen las sanciones que les son impuestas. Pasado dicho plazo, serán consideradas consentidas por el trabajador.

-Incorporar algunos beneficios sociales al listado existente en el art. 103 bis, como por ejemplo, gimnasio, cuota de clubes, celulares o acceso a internet para el trabajador o su familia. Sobre esto no se pagan aportes y contribuciones a la seguridad social.

-Determinar cuáles son los requisitos que deben contener los recibos de haberes.

-Tener la posibilidad de homologar el cambio de condiciones de trabajo, sometidas ellas al control de la autoridad administrativa del trabajo (Ministerio o Secretaría, según la jurisdicción en la cual se lleve adelante). Esto permite que no se aleguen luego planteos de que las modificaciones fueron impuestas por parte de las empresas.

-Establecer la obligación de guardar los recibos de haberes por el período de prescripción de los créditos salariales.

-En materia de pago de enfermedades inculpables, recepta posiciones de la Justicia en aspectos que generan dudas.

-Establece que para el caso de salarios integrados con comisiones variables se deberá liquidar de acuerdo al promedio de lo percibido en el último semestre no pudiendo, en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiese percibido de no haberse operado el impedimento, debiendo incluirse en el cómputo las remuneraciones variables.

-Establecer que los créditos laborales devengarán un interés equivalente al IPC más 3%, lo que recepta la postura que hoy representa la mayoría de las Salas que integran la Cámara de Apelaciones del Trabajo en Buenos Aires y ofrece un tratamiento igualitario con lo que sucede en otras provincias donde las tasas de actualización muchas veces son más altas.

-Establecer que, en los casos de condenas en procesos judiciales, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas podrán acogerse al pago total de la misma en hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas, las que serán ajustadas por la tasa de interés que la ley prevé.

Flexibilización y empleo en Argentina: los posibles efectos de la reforma laboral

Uno de los principales cuestionamientos por parte de sectores sindicales es que esta reforma podría generar condiciones de empleo más inestables. La informalidad laboral en Argentina alcanza en promedio el 40% desde hace más de una década, lo que implica que una parte significativa de los trabajadores no cuenta con aportes jubilatorios, cobertura de salud ni indemnización en caso de despido.

El Foro Económico Mundial proyecta que, para 2030, el 50% de los empleos serán en roles que aún no existen. En este contexto, diversos especialistas sostienen que es necesario actualizar la legislación laboral para adecuarla a los cambios en la economía y el mercado de trabajo.

Experiencias internacionales muestran distintos resultados. En Chile, el fondo de cese laboral aportó previsibilidad a las empresas, aunque planteó desafíos en la estabilidad de los trabajadores. En España, la reducción de la informalidad combinó flexibilización con incentivos y controles estatales.

Para evaluar los efectos de la reforma, distintos actores del sector laboral plantean la importancia de realizar mediciones periódicas y ajustes en caso de ser necesario. Según analistas, si no se implementan mecanismos de monitoreo y corrección, la reforma podría no generar cambios sustanciales en las condiciones del mercado laboral.

El impacto de estas modificaciones dependerá de la respuesta de los distintos sectores involucrados, así como de la capacidad de adaptación del sistema laboral argentino a las nuevas dinámicas económicas y tecnológicas.

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