Si necesitás transferirle dinero a tu mamá que es jubilada, resulta vital que ¡conozcas las limitaciones vigentes establecidas por la AFIP.
07/10/2024 – 09:37hs
Por estos tiempos, ante la falta de efectivo, transferir dinero a familiares o conocidos por necesidades urgentes a través de plataformas como Mercado Pago, Cuenta DNI u otras billeteras virtuales, se convirtió en una práctica cada vez más usual. Pero qué pasa si es tu mamá jubilada la que te implora con urgencia para que le transfieras determinado monto por falta de fondos en su cuenta bancaria.
Primero tenés que saber que previo a realizar esta operación estás «obligado» a conocer cuáles son los límites en vigencia establecidos y evitar problemas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Transferencia bancaria: cuánto dinero puedo enviarle a mi mamá jubilada sin declarar
Para que puedas hacer transferencias sin ningún problema, es importante tener en cuenta que hay algunas limitaciones vigentes. A continuación, los montos que hay que tener en cuenta a la hora de enviar dinero y evitar inconvenientes ante la AFIP y la Unidad de Información Financiera (UIF).
Primero, es importante saber que existen límites para las transferencias. En cajeros automáticos, el máximo permitido es de $125.000, mientras que por Home Banking podés enviar hasta $250.000, de acuerdo con lo establecido por el Banco Central.
Si necesitás transferir una cantidad mayor a estos límites, hay otras opciones disponibles. Podés realizar una transferencia tradicional, que se procesa en un día hábil, o bien notificar al banco con anticipación.
Si así sucediera, tendrás que informar la fecha en la que llevarás a cabo la transferencia, el monto estimado y, en ocasiones, brindar el CBU o número de cuenta del destinatario. Este procedimiento es común en operaciones como la compra de un auto o una propiedad.
En cuanto al monto que se puede transferir sin declarar, la obligación de justificar el dinero recae en quien lo recibe. Es decir, tu mamá jubilada será quien deba justificar los fondos. Si todo está en regla y declarado, no debería tener problema alguno para recibirlo.
¿Cuál es el tope máximo que se puede transferir sin necesidad de declarar?
En relación a que cuando se hace una transferencia, la obligación de justificar el dinero siempre recae sobre quien lo recibe, el límite establecido por la AFIP en ese sentido se ha elevado a $400.000 sin necesidad de presentar una declaración jurada. Si se supera este monto, aumenta el «riesgo» de que se deba justificar la procedencia de los fondos.
Este límite incluye casi todas las operaciones llevadas adelante por una persona durante el mes calendario, tales como depósitos en cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas de sueldo y de seguridad social, aparte de las transferencias recibidas. También abarca saldos en depósitos a plazo fijo y otros tipos de inversiones.
En caso de que el banco requiera una justificación ante posibles requerimientos de la Unidad de Información Financiera (UIF), usualmente se pondrán en contacto por email solicitando documentación que respalde el origen de esos movimientos.
Los documentos más comunes para justificar el origen de los fondos incluyen:
- Facturación de los últimos 6 meses
- Recibos de sueldo
- Constancia de monotributo
- Comprobantes de haberes jubilatorios o certificados de ingresos emitidos por un contador público
- Boletos de compraventa, en el caso de la venta de un vehículo