El gobierno nacional reglamentó la reforma laboral a través del decreto 847/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial. La normativa introduce una serie de medidas con el objetivo de regularizar empleados, facilitar la contratación de trabajadores independientes y ofrecer alternativas para el cese laboral. Estos cambios, según el Ejecutivo, están diseñados para fomentar el empleo registrado en el sector privado mediante la flexibilización de ciertos aspectos laborales.
Una de las principales herramientas destacadas es el blanqueo de impuestos, que busca combatir la informalidad en el mercado laboral. Entre los beneficios que se ofrecen, se incluye la condonación de hasta el 70% de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. Para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el alivio es aún mayor: se condona el 90% para micro y pequeñas empresas, y el 80% para medianas. Adicionalmente, el decreto prevé la eliminación del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y reconoce hasta 60 meses de servicio a los trabajadores para el cálculo de los años mínimos requeridos en el sistema jubilatorio.
En cuanto al cese laboral, la nueva reglamentación se basa en la libertad de las partes involucradas, es decir, empleador y trabajador deberán acordar mutuamente si el mecanismo es beneficioso para ambas partes. Este esquema de cese laboral reemplaza el sistema tradicional de indemnización y puede implementarse en tres formatos diferentes: el Sistema de Cancelación Individual, el Sistema de Fondo de Cese (Individual o Colectivo), y el Sistema de Seguro (Individual o Colectivo). Cada uno de estos mecanismos permite modalidades de pago adaptadas a la realidad de las partes y busca evitar la judicialización de los despidos.
El sistema de contratación para trabajadores independientes también ha sido reformado. A partir de ahora, los trabajadores bajo el régimen de monotributo deberán presentar una declaración jurada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y no podrán tener más de tres empleos simultáneos. La nueva normativa también permite que los trabajadores independientes cuenten con hasta tres colaboradores, quienes también deberán estar registrados en el Régimen General de Impuestos y Recursos de la Seguridad Social. Esta medida busca mejorar la transparencia en las relaciones laborales.
Reforma laboral: se simplifican los procesos para blanquear empleados en negro
Otro aspecto relevante de la nueva normativa es la simplificación de los procesos de registración laboral, que ahora se formalizarán cuando el trabajador esté inscripto en los sistemas de la AFIP, independientemente de quién realice el registro. Asimismo, se introducen cambios respecto a la presunción de contratos de trabajo, invirtiendo la lógica anterior: ahora, cuando se presten servicios profesionales y se emitan los recibos correspondientes, no se presumirá automáticamente la existencia de un contrato de trabajo, incluso si se emiten múltiples recibos o facturas.
La ampliación del período de prueba es otra de las modificaciones significativas. Este plazo, que antes era de tres meses, se extiende ahora a seis, con la posibilidad de llegar hasta un año si se acuerda mediante un convenio colectivo. Adicionalmente, se reducen los días de licencia por maternidad, que ahora serán no menos de 10 días antes del parto, en comparación con los 30 días establecidos anteriormente.
Reforma laboral: los puntos más resistidos por los gremios
Uno de los puntos más controvertidos de la reforma es la modificación del artículo 94 de la Ley de Contrato de Trabajo, que ahora habilita despidos en casos de bloqueos a empresas. Esta medida ha sido criticada por los sindicatos, que solicitaron agregar una instancia judicial previa al despido, aunque el gobierno mantuvo la redacción original de la ley. Según el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, esta disposición busca proteger a las empresas frente a bloqueos que puedan afectar no solo a los empleados, sino también a los clientes y proveedores de la empresa.
En cuanto a las nuevas normas que regulan a los trabajadores independientes y sus colaboradores, estas establecen que los colaboradores podrán mantener múltiples contratos de trabajo o provisión de servicios con diferentes contratantes, y cualquiera de las partes podrá rescindir el vínculo de colaboración en cualquier momento. Sin embargo, se limita a tres el número de colaboradores que un trabajador independiente puede tener bajo esta modalidad al mismo tiempo. Además, se aclara que este régimen no será aplicable en casos donde se presuma que una relación de dependencia haya sido sustituida por otra de distinta naturaleza jurídica para usufructuar los beneficios del régimen.
El acuerdo alcanzado entre el gobierno y la Confederación General del Trabajo (CGT) también incluye disposiciones para evitar el fraude laboral, con el objetivo de impedir que las empresas creen unidades adjuntas para encubrir relaciones de dependencia bajo el marco de la contratación independiente.
Sturzenegger, en declaraciones públicas, sostuvo que la reforma busca eliminar la incertidumbre en las relaciones laborales y reducir la cantidad de litigios. «En la industria de la construcción, los sindicatos y las cámaras empresariales llegaron a un acuerdo que ha reducido significativamente los conflictos laborales», afirmó el ministro, destacando que esta experiencia sirvió de base para el diseño de los nuevos mecanismos de cese laboral que contempla la reforma.
Estas modificaciones marcan un cambio importante en el panorama laboral argentino, con medidas que afectan tanto a trabajadores en relación de dependencia como a trabajadores independientes. Mientras algunos sectores sindicales han manifestado su rechazo a ciertos aspectos, el gobierno sostiene que la flexibilización laboral generará mayores oportunidades de empleo y una mayor formalización del mercado. Queda por ver cómo se implementarán estas medidas y cuál será su impacto en los próximos meses.