La Justicia dejó sin efecto el decreto del Gobierno que declaraba esencial al transporte aéreo

La Justicia decidió dejar sin efecto el decreto del Gobierno nacional que declaraba al transporte aéreo como “servicio esencial”. La medida cautelar fue dispuesta este jueves tras los cruces entre el Estado y ciertos gremios aeronáuticos por las medidas de fuerza adoptadas por estos últimos en las últimas semanas.

La resolución fue emitida por el Juzgado del Trabajo N° 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo. En dicha resolución, el juzgado en cuestión decidió dejar en suspenso la aplicación de los Decretos 825/24 y 831/24. Esta determinación se basa en que dichos decretos son considerados como una limitación para los pilotos a la hora de ejercer su derecho a huelga.

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Esta decisión fue compartida por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (Apla) hoy en su cuenta de X. En dicho posteo, el gremio indicó que se encuentra “debidamente acreditado el planteo efectuado por APLA, conforme las normas constitucionales, legales y reglamentarias”.

Además, el sindicato hizo énfasis en que el derecho a huelga “se encuentra expresamente reconocido en nuestro país a partir de la incorporación del art. 14bis de la C.N. en el año 1957, así como también en el art. 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en Convenio 87 de la OIT que tiene jerarquía constitucional”.

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En esa línea, el posteo en la cuenta de Apla remarca que, debido a lo mencionado anteriormente, “conserva vigencia el art. 24 original de la ley 25.877, y el decreto reglamentario 272/06, no encontrándose la actividad aeronáutica civil aerocomercial entre los servicios esenciales enumerados”.

Además de esto, el gremio de pilotos apuntó contra el Gobierno y advirtió: “Como evidencia la permanente conducta de Apla, siempre en el marco del Estado de Derecho, contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos”.

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“El gobierno, con cada medida con que se involucra en el conflicto pone en evidencia, repetidamente, situarse como parte del mismo y, con ello, confundir su función de poder público con la de empleador o, peor aún, con la de intereses distintos a los del Estado Nacional y el patrimonio público, violando escandalosamente las normas vigentes y determinado responsabilidad por ello”, finaliza el comunicado.

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