La anulación de las leyes de «Obediencia Debida» y «Punto Final»

El 6 de marzo de 2001 la Justicia argentina declaró inconstitucionales las leyes de “Obediencia Debida” y “Punto Final”.

Lo determinó el juez federal Gabriel Cavallo a partir de un recurso presentado por una agrupación defensora de los Derechos Humanos.

 Previamente, en 1986, el senado aprobó, por 25 votos contra 10, la llamada Ley de “Punto Final” que establecía la prescripción de los delitos cometidos por militares, policías y funcionarios carcelarios durante la última dictadura.

 Al año siguiente, la cámara de Diputados aprobó, por 125 votos contra 54 más una abstención, la ley que reglamentó la “Obediencia Debida” en las Fuerzas Armadas.

 La norma autorizó la eximición del proceso judicial a oficiales que, por su ubicación en la cadena de mandos, obedecieron órdenes de sus superiores, lo que significó la libertad de la mayoría de los acusados que permanecían en prisión preventiva.

 A estas dos leyes se le sumaron los indultos firmados por el entonces presidente Carlos Menem en 1989 y 1990.

 El primero de ellos,  estableció la liberación de 280 personas, mientras que el segundo, benefició a los mandos de las Juntas Militares que encabezaron el golpe de Estado, Jorge Rafael Videla y Roberto Viola y Emilio Massera.

 Once años después, el juez federal Gabriel Cavallo declaró inconstitucionales las leyes de “Obediencia Debida” y “Punto Final” a partir de un recurso presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales.

La resolución de Cavallo, a la que él mismo consideró “la más importante de su carrera”, se dio justo cuando frente al Ministerio de Defensa se encontraba Horacio Jaunarena, que ocupó el mismo puesto cuando las mismas leyes fueron elaboradas.

El juez fundamentó su decisión en el derecho y los pactos internacionales suscriptos por Argentina y en el llamado “derecho de gentes”, que comprende principios de justicia esenciales para la vida entre las naciones, que son de cumplimiento obligatorio.

Con el impulso del entonces presidente Néstor Kirchner, en agosto de 2003 y por amplia mayoría, el Congreso declaró a ambas leyes «insanablemente nulas», lo que permitió volver a juzgar los delitos cometidos durante la dictadura cívico militar.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia reafirmó lo establecido por Gabriel Cavallo y declaró, en junio de 2004, la definitiva inconstitucionalidad de las leyes de impunidad promulgadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín.

De esta forma, los procesos judiciales contra muchos de los responsables de haber cometido delitos durante la dictadura volvieron al banquillo de los acusados.

La historia también es noticia en Radio Perfil.

Guion de Javier Pasaragua y locución de Pita Fortín

por Radio Perfil

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Obediencia debida y punto final

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